Tribuna de Actualidad



Un médico de Algeciras se convierte en el primer objetor de diagnósticos prenatales

Un médico del Hospital de Algeciras se opone a realizar unas pruebas que “sólo persiguen decidir un aborto” y que tiene "claros criterios eugenésicos"

La Gaceta.es. 05-06-08.
El diagnóstico prenatal se ha convertido en una práctica común en toda España. Se programa en torno a la semana 20 de gestación para detectar, durante el plazo legal para practicar el aborto, cualquier deficiencia del feto que permita acabar con la gestación.

El doctor Esteban Rodríguez Martín , médico especialista del Área del Servicio de Ginecología y Obstetricia del Hospital de Algeciras, se ha convertido en el primer ginecólogo en objetar en conciencia al diagnóstico prenatal.

Atendiendo a su demanda, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Algeciras, ha acordado la exención de tal servicio con carácter cautelar.

Javier María Pérez-Roldán y Suanzes-Carpegna, presidente del Centro Jurídico Tomás Moro y responsable de la defensa legal del médico objetor entiende “justificada la objeción de conciencia al citado diagnóstico porque en nuestros hospitales y centros de salud la implantación del diagnóstico prenatal se ha hecho con claros criterios eugenésicos ”.

Sin fines terapeúticos

“Es de justicia, añade Pérez-Roldán, que se reconozca la objeción de conciencia de nuestro representado. Él no práctica abortos, pues es un médico pro-vida y, lógicamente, no puede contribuir, por medio del diagnóstico prenatal, a determinar qué embriones reúnen las condiciones para poder ser abortados y cuáles no.

"No debemos olvidar que, por ejemplo, la amniocentesis —prueba prenatal en la que se extrae una muestra del líquido amniótico que rodea al feto para analizarla— no sirve para detectar ninguna enfermedad curable, sino sólo defectos cromosómicos que en la mayoría de los casos llevan al aborto. Así pues, el diagnóstico no tiene interés terapéutico, sino sólo eugenésico”, afirmó Pérez-Roldán.

La defensa del médico objetor afirma “que no es de recibo que el Hospital de Algeciras no haya sido sensible a la opción a favor de la vida del ginecólogo y le obligue, al denegarle la objeción de conciencia, a iniciar un procedimiento de defensa de los Derechos Fundamentales”.

Síndrome de Down

La situación es especialmente lacerante en el caso del Síndrome de Down, pues a su diagnóstico le sigue el aborto en el 94,5 por ciento de los casos.

Según la Asociación Nacional para la Defensa del Derecho a la Objeción de Conciencia (Andoc), "En la inmensa mayoría de los casos, el diagnóstico prenatal no permite curar nada, pero el protocolo de algunos hospitales, como el del doctor Rodríguez, obliga al médico a informar a la mujer de que está dentro del supuesto de aborto por razones eugenésicas y a iniciar los trámites administrativos, informe médico incluido, para facilitar el aborto".

Según la asociación, "lo que provoca un conflicto de conciencia a este médico es el diagnóstico prenatal eugenésico, no el terapéutico, que realiza un control de calidad entre la semana 20 y 22, con la intención de encontrar defectos antes del plazo legal para el aborto que obligan al medico a ofertarlo como alternativa, pues el aborto no es terapia, ni cura, sino que supone la eliminación de un ser humano".

 

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